TRIBUNAL DE ETICA Y DISCIPLINA
Miembros Titulares
· Dr. Federico José Rivas Suñen
· Dra. María Candelaria Oliva
· Dr. Gerardo Tomás
· Dra. María Candelaria Oliva
· Dr. Gerardo Tomás
Miembros Suplentes
· Dra. María Elena Marsilli
· Dra. Lilia Sacaba
· Dra. Liliana Noemí Mariani
· Dra. Dolores Rodriguez de Gutierrez
· Dra. Catherine del Guadalupe Perez
· Dra. Lilia Sacaba
· Dra. Liliana Noemí Mariani
· Dra. Dolores Rodriguez de Gutierrez
· Dra. Catherine del Guadalupe Perez
Ejercicio de la Profesión
Artículo 20: Son de competencia del Tribunal de Etica y Disciplina, las faltas de disciplina y los actos de los colegiados contrarios a la moral o ética profesional.-
Artículo 21: El Tribunal de Etica y Disciplina se compondrá de tres miembros titulares y cinco suplentes que serán elegidos por el término de dos años, conjuntamente con la elección de los miembros del Consejo Directivo y en la forma prescripta por el artículo 12 de la presente ley.
Para integrar el Tribunal de Etica y Disciplina se requieren las mismas condiciones que para ser miembro del Consejo Directivo, tener diez años de ejercicio profesional en el foro local, domicilio real en jurisdicción del Centro Judicial Concepción y no formar parte del Consejo Directivo ni del Directorio de la Caja de Subsidios y Pensiones para Abogados y Procuradores.
Ley : 6.023
Artículo 21: El Tribunal de Etica y Disciplina se compondrá de tres miembros titulares y cinco suplentes que serán elegidos por el término de dos años, conjuntamente con la elección de los miembros del Consejo Directivo y en la forma prescripta por el artículo 12 de la presente ley.
Para integrar el Tribunal de Etica y Disciplina se requieren las mismas condiciones que para ser miembro del Consejo Directivo, tener diez años de ejercicio profesional en el foro local, domicilio real en jurisdicción del Centro Judicial Concepción y no formar parte del Consejo Directivo ni del Directorio de la Caja de Subsidios y Pensiones para Abogados y Procuradores.
Ley : 6.023
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